En los tiempos que corren, existe un movimiento constante de personas por los distintos países y es realmente notorio el número de individuos que trasladan su residencia a otro país por causas de diversa índole, laborales, familiares, personales. La lejanía y los cambios que se producen a raíz de las nuevas circunstancias provocan una modificación en la vida de los migrantes que a veces finaliza con la ruptura de la pareja.

Al producirse la quiebra en la relación, el siguiente paso es gestionar la separación o el divorcio, pero a veces la distancia y los gastos de desplazamiento a España pueden ser costosos y en ocasiones difíciles de asumir. En estos casos, existe la posibilidad de tramitar el procedimiento judicial desde el extranjero, siempre que sea de mutuo acuerdo, del mismo modo que también es posible casarse «por poderes».

En el divorcio o separación de mutuo acuerdo es necesaria la intervención de los cónyuges con abogado y procurador pudiendo ser los mismos para ambas partes. Siendo además obligatorio aportar con la demanda una propuesta de convenio regulador, relativo a la patria potestad, guardia y custodia de los hijos, pensión de alimentos y compensatoria, régimen de visitas y demás pactos alcanzados que deberá ser ratificado por los cónyuges en el Juzgado por separado, siendo este necesario trámite el que trae la problemática de los costosos desplazamientos al encontrarse uno o los dos cónyuges en el extranjero.

La fórmula para autorizar el divorcio o separación en España desde el extranjero sin desplazamiento de los cónyuges, se realizará a través del oportuno apoderamiento especial del Procurador o Procuradores designados. En la práctica se remite el convenio regulador para que sea firmado por el cónyuge o cónyuges en una Notaría u oficina pública equivalente del país extranjero, o bien en el Consulado de España que por demarcación corresponda por el domicilio en cada país. En el poder se tendrá que indicar que se faculta al procurador expresamente para la ratificación ante judicial presencia del convenio regulador que quedará unido al propio poder. Dicho documento facultará al procurador para que el día señalado por el Juzgado comparezca y ratifique el convenio sin necesidad de desplazamiento de los cónyuges.

En conclusión, si este es su caso, asesórese bien con un abogado.